Si está buscando conocer qué es un ajuste de estatus en Estados Unidos y cómo hacerlo, en este artículo podrá conocer todos los detalles.
En Cuberlo Law contamos con más de 10 años de experiencia en temas migratorios. Nuestros abogados de inmigración en New Jersey le podrán asesorar en cualquier caso que necesite de expertos en extranjería. Llame hoy mismo y obtenga una consulta privada, con gusto le atenderemos.
Tabla de contenidos
¿Qué es un ajuste de estatus migratorio en Estados Unidos?
El ajuste de estatus migratorio es el proceso en el cual un inmigrante dentro de los Estados Unidos puede solicitar la Green Card y obtener una residencia permanente legal.
Si el inmigrante se encuentra en EE. UU. puede obtener una Green Card sin la necesidad de regresar a su país origen. Por otro lado, si el inmigrante se encuentra fuera de EE. UU. puede obtener una visa a través del proceso consular.
Generalmente se debe tener la visa válida para hacer un ajuste de estatus o un cambio de estatus migratorio. No es posible enviar una solicitud si no se cuenta con un estatus migratorio legal en EE. UU.
Le invitamos a entrar en nuestro artículo relacionado sobre cuáles son los tipos de visas americanas para conocer los principales visados disponibles en USA.
Ajuste de estatus migratorio en Estados Unidos en 2023
Los inmigrantes pueden solicitar un estatus de residencia permanente desde su país de origen en el exterior o estando presentes dentro de los Estados Unidos. Usted debe tener en cuenta que:
- De realizarse dentro de EE. UU. será un ajuste de estatus.
- De realizarse fuera de EE. UU. en el país de origen será un proceso consular.
Los procesos consulares involucran a la embajada o consulado americano, mientras que el “ajuste de estatus” será para solicitar una Tarjeta Verde mientras usted se encuentra presente en el país estadounidense.
Elegibilidad para el ajuste de estatus
Si usted desea presentar una solicitud para este proceso, deberá cumplir ciertos criterios para su elegibilidad, entre ellos se encuentran:
- Contar con una visa de inmigrante vigente.
- Estar presente de manera física en Estados Unidos.
- Tener una situación legal en EE. UU.
- Haber entrado de manera legal en EE. UU.
¿Cómo hacer un ajuste de estatus?
Para hacer un ajuste de estatus usted debe tener en consideración los siguientes pasos a realizar:

#1 Verificar si es elegible para solicitar una Green Card
El primer paso es verificar si usted es elegible para solicitar una Green Card bajo algún tipo de categoría. Dichas categorías varían dependiendo del tipo de inmigrante que la solicita.
#2 Usted u otra persona puede presentar una solicitud en su nombre
Por lo general, la gran mayoría de las personas tienen que presentar 2 formularios:
- Una petición de inmigrante.
- Una solicitud para la Green Card.
Cuando otra persona presenta una petición a su nombre, se le conocerá como patrocinio y pueden realizarse tanto dentro como fuera de EE. UU. Los formularios más frecuentes son:
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.
- Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero.
- Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado.
En otras circunstancias, otras peticiones incluyen los siguientes documentos:
- Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o inmigrante especial.
- Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Empresario Extranjero
- Formulario I-918, Petición de Estatus de No Inmigrante U
- Formulario I-929, Petición de Familiar Cualificado de un No Inmigrante U-1
En su gran mayoría, las categorías requieren una petición de inmigración aprobada previamente al presentar el Formulario I-485.
Otras categorías permiten presentar ambas solicitudes al mismo tiempo incluso mientras tramita esta petición, dicho trámite se llama “trámite conjunto”.
#3 Verificar si existe un número de visa disponible
Usted no puede presentar una solicitud para la Green Card si no hay una visa disponible. Deberá comprobar primeramente el boletín de visas publicado por el Departamento de Estado.
Cabe señalar que no todas las categorías requieren de una disponibilidad de visa.
#4 Presentar el Formulario I-485
Si usted está presente en EE. UU. necesitará presentar el Formulario I-485; Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
Si usted solicita un cambio de ajuste de estatus al de un residente legal permanente, deberá completar el Formulario I-485 y el Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus Bajo la Sección 245(i).
#5 Acudir a la cita del Centro de Asistencia en Solicitudes
Después de presentar el Formulario I-485, se le enviará una notificación para una cita en el Centro de Asistencia en Solicitudes, donde deberá proveer:
- Sus huellas dactilares.
- 1 fotografía.
- 1 firma.
Se le indicará una fecha, hora y lugar donde tendrá la cita y se utilizarán los datos biométricos para corroborar su identidad, la cual mostrará sus antecedentes penales.
En esta cita se le solicitará que firme una declaración donde se certifique si usted revisó y entendió toda la información. De no firmar, no hacer una notificación previa o pedir una reprogramación de cita, se podría denegar su Formulario I-485.
#6 Si posee una cita, acuda a ella
Los oficiales del USCIS serán los encargados de evaluar su caso para determinar si es necesario realizar una entrevista.
Si se programa una entrevista para usted, tendrá que responder a las preguntas asignadas por el USCIS bajo juramento. Cuando vaya a la entrevista, tendrá que presentar todos los documentos originales que presentó con el Formulario I-485, entre estos se incluyen:
- El pasaporte.
- Documentos oficiales de viajes.
- Formulario I-94.
#7 Si usted aplica a las siguientes solicitudes, deberá responderlas
USCIS puede requerir información adicional, entre las cuales se incluyen si:
- Usted no ha enviado toda la información requerida.
- La información que presentó no es válida o caducó.
- El oficial necesitará más información para poder verificar si es elegible.
La petición le indicará el tipo de evidencia a mostrar, además se le indica dónde enviar la evidencia y la fecha límite para entregar dichas peticiones.
En caso de que usted no las entregue, el oficial encargado del USCIS denegará el Formulario I-485.
#8 Verifique el estado de su caso
Usted puede verificar el estatus de su Formulario I-485 de una manera online o llamando directamente al:
- Centro de Contacto del USCIS: 800-375-5283.
- Para las personas con discapacidades: 800-767-1833.
Usted debe tener a mano los siguientes requerimientos:
- Su número de recibo.
- Número A.
- Nombre.
- Fecha de Nacimiento.
#9 Obtenga una decisión
Cuando USCIS llegue a tomar una decisión sobre su situación actual, se le enviará una notificación por escrito.
- De ser aprobada la solicitud: Usted recibirá una notificación de aprobación y posteriormente recibirá su Tarjeta Verde.
- Si es denegada la solicitud: Se le notificará la decisión y si usted puede apelar por dicha decisión.

Recuerde que usted puede apelar para un caso de inmigración y en nuestra web le contamos todo en detalle.
¿Quienes califican para un ajuste de estatus?
Otra pregunta muy frecuente en nuestras oficinas es: ¿Quiénes pueden ajustar su estatus y sacar la Green Card? En Curbelo Law nos enfocamos en poder resolver todos estos tipos de casos de inmigración y ajuste de estatus en Estados Unidos.

Nuestra abogada latina Carolina Curbelo cuenta con más de 10 años de experiencia al servicio de los inmigrantes. No dude en hacernos su consulta hoy mismo.
Los extranjeros pueden realizar su ajuste siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:
Ajuste de estatus por matrimonio
Aquellos que son prometidos de los ciudadanos americanos o los hijos de estos, podrán solicitar un ajuste de estatus por matrimonio con residencia permanente.
Estos necesitarán hacer una entrevista para ajuste de estatus por matrimonio, adicionalmente requerirán un ajuste de estatus visa K-1 de prometido de ciudadano americano y una visa K-2.
- Es necesario que el matrimonio logre celebrarse en el período de 90 días en que pueden estar en el país.
- El matrimonio debe ser entre la persona que solicita y la persona pedida.
- No se puede cambiar de novios.
Quizás le interese revisar nuestro artículo dedicado a preguntas para residencia por matrimonio. Encontrará muchos ejemplos reales de las preguntas más frecuentes realizadas en estas entrevistas.
Ajuste de estatus por medio de visa U
Las leyes de inmigranción estadounidenses, permiten que los extranjeros víctimas de crímenes que hayan obtenido un estatus U de no inmigrante, puedan convertirse en residentes permanentes legales y obtengan su Green Card.
- El estatus de No Inmigrante U (visa U-1) solamente está disponible para las víctimas que han sufrido de:
- Un abuso mental.
- Un abuso físico.
- Otros crímenes contra su salud.
- Debe presentar ciertos requisitos adicionales para poder solicitar la petición.
Las personas que están en EE. UU. y tienen el estatus de No-Inmigrante U, pueden presentar una solicitud para llegar a convertirse en un residente permanente legal con la visa U-1 mediante un ajuste de estatus en Estados Unidos.
Mediante una petición familiar
Los familiares inmediatos de los ciudadanos americanos son elegibles para realizar esta petición, un ejemplo sería el ajuste de estatus por hijo ciudadano ya que es un pariente inmediato. En nuestra sección de petición de familiares a Estados Unidos hemos cubierto otras peticiones en los siguientes artículos:
- Si soy ciudadana americana puedo pedir a mis padres.
- Requisitos para pedir a mi esposo, soy ciudadana americana.
- Soy residente o ciudadano americano y quiero pedir a mi hijo.
- Como pedir a un hermano siendo ciudadano americano.
Estos familiares pueden ajustar su estatus siempre y cuando sean legales en los Estados Unidos, además debe tener algún tipo de visa americana legal y vigente.
Cabe señalar que los hermanos, los hijos solteros menores de 21 años de edad y el cónyuge, solamente podrán ajustar un estatus siempre y cuando estén residenciados en EE. UU. Quizás nuestro artículo del proceso para obtener la ciudadanía americana también sea de su interés.
Mediante un empleo
Los inmigrantes pueden ser pedidos por una empresa estadounidense, patrocinador o empleador.
- En caso de que la solicitud sea aprobada se podrá realizar un ajuste del estatus.
- El solicitante debe ser legal en EE. UU. y debe contar con un visado de trabajo, como algún tipo de visa H-1B.
Puede leer nuestro artículo relacionado sobre cuáles son las visas H-1B.
Mediante una visa de turista
Los inmigrantes que cuenten con un visado turístico, pueden presentar un ajuste de estatus con visa de turista.
Una vez que el inmigrante complete su trámite de solicitud de ajuste de estatus con visa de turista, deberá esperar hasta que el USCIS notifique si fue aprobado o no.
Si usted ya formalizó la petición, deberá asegurarse de tener todos sus datos actualizados, además de tener un estatus migratorio.
- Si usted hizo un cambio residencial, deberá notificarlo de inmediato ante el USCIS.
- En esta dirección serán enviados los documentos de su caso.

Puede obtener más información de esta visa en nuestro artículo sobre la visa B-2 de turistas temporales. También le interesará leer nuestro artículo “Me quedé con visa de turista en Estados Unidos” para entender sus opciones legales en este caso.
Otros casos de ajustes
Adicionalmente, otros inmigrantes pueden llegar a lograr ajustar su estatus siempre y cuando sea:
- Por asilo o por refugio. Lea: Cómo solicitar el asilo político en Estados Unidos.
- Ajuste de estatus por cancelación de deportación.
- Ajuste de estatus para un pariente inmediato del cónyuge, estos pueden ser:
- Hijo(a).
- Padre.
- Madre.
- Por una residencia continua en los Estados Unidos si estuvo en el país desde el 1 de enero del año 1972.
- Por algún caso de inmigrantes especiales.
- Si el inmigrante colabora con las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.
- Por algún motivo humanitario: Un ejemplo pueden ser:
- Por ser de nacionalidad cubana.

En Curbelo Law estamos muy concienciados con los casos de abusos y persecuciones. Hemos escrito diferentes artículos como “Qué es la trata y tráfico de personas”, sobre asilo político o las visas anteriormente mencionadas. Llevamos más de 10 años tratando estos asuntos por lo que no dude en contactar si sufre una situación así y necesita soporte legal.
Requisitos para un ajuste de estatus en Estados Unidos
Existen ciertos requisitos que se deben cumplir si usted desea ajustar su estatus en los EE. UU. Dependiendo del tipo de ajuste migratorio, requerirá documentos distintos a presentar, entre estos se encuentran:
Requisitos para ajuste de estatus por matrimonio
Si usted va a ajustar su estado por motivos matrimoniales, simplemente se requerirá realizar lo siguiente:
- Tener una Visa K-1 si es el prometido o;
- Visa K-2 si es el hijo del prometido.
- Verificar la disponibilidad de número de visas.
- Acudir a la entrevista.
Requisitos para ajuste de estatus por medio de visa U
Si usted posee una Green Card basada en la visa U, deberá cumplir los siguientes requisitos para su elegibilidad:
- Presentar el Formulario I-485.
- Ser admitido legalmente en Estados Unidos bajo el estado de No-Inmigrante U-1.
- Estar bajo el estado de No-Inmigrante U-1 cuando presenta el Formulario I-485.
- Haberse encontrado presente en los Estados Unidos durante el período continuo de tres años desde que fue admitido como no-inmigrante U-1.
- Su presencia en EE. UU. debe justificarse por razones humanitarias
- No debe ser inadmisible, esto según la sección 212 (a) de la INA.
- Usted no se ha negado a brindar asistencia en investigación o enjuiciamiento desde la primera vez en que fue admitido como no-inmigrante U-1 hasta que el USCIS tome la decisión sobre su petición.
Puede obtener más información en nuestro artículo sobre qué es la visa U. Allí encontrará toda la información relevante a esta visa americana.
Otros documentos a presentar
Si usted quiere obtener la Green Card bajo la visa de no-inmigrante, tendrá que presentar los siguientes documentos:
- 1 copia del Formulario I-797, Notificación de Acción de su Formulario I-918, Petición de Estatus U para No-Inmigrante.
- 1 copia de cada una de las páginas de sus pasaportes o documentos de viaje.
- En caso de haber salido de los EE. UU. y usted se encuentra bajo el estatus de No-Inmigrante U-1 deberá presentar las pruebas donde muestran cada una de las salidas del país. Esto incluye:
- La fecha.
- Su lugar de regreso.
- El motivo de su partida.
- En caso de haber salido de los EE. UU. y usted se encuentra bajo el estatus de No-Inmigrante U-1 deberá presentar las pruebas donde muestran cada una de las salidas del país. Esto incluye:
- Deberá presentar una declaración jurada donde se acredite su presencia física continua en el país.
- Si llegó a estar ausente en el país por un periodo superior a los 90 días o por periodos que lleguen superar los 180 días en total, deberá presentar una certificación de la agencia de investigación o fiscal.
- Esto será para demostrar que las ausencias fueron necesarias o justificadas.
- Si llegó a estar ausente en el país por un periodo superior a los 90 días o por periodos que lleguen superar los 180 días en total, deberá presentar una certificación de la agencia de investigación o fiscal.
- Alguna evidencia de que usted fue admitido de manera legal como un no-inmigrante U-1, además de presentar en conjunto el Formulario I-485.
- Mostrar alguna evidencia de que llegó a cumplir con cualquier tipo de solicitud de asistencia en investigación o enjuiciamiento por alguna actividad criminal.
- Alguna evidencia de que su ajuste de estado justifica alguna situación por razones humanitarias o para asegurar una unión familiar.
- 2 fotografías tipo pasaporte.
- 1 copia del Formulario I-94, Registro de Entrada y Salida.
- 1 copia de su identificación con alguna fotografía emitida por el gobierno.
- 1 copia de certificación de nacimiento.
- Presentar el Formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunas.
- Presentar algún registro policial y judicial certificado (en caso de que corresponda).
Si se ha visto envuelto en delitos, usted es ilegal en USA y quiere ser legal, necesita de alivio posterior a la condena para fines de inmigración o cualquier otro soporte legal, le interesa saber que somos expertos en Crimmigration. Este término hace referencia al cruce de las leyes de defensa criminal e inmigración que afectan a millones de inmigrantes en EE.UU. Es importante contar con expertos en esta concreta área de ley como los de Curbelo Law, disponibles a tan solo una llamada o email.
Preguntas comunes sobre el ajuste de estatus en Estados Unidos

¿Cómo verificar mi estatus migratorio?
Si usted desea chequear el estatus migratorio o el estado de su caso migratorio, le alegrará saber que es un proceso muy sencillo. Usted puede verificar el estado de su caso de manera electrónica o digital desde su computador o un teléfono móvil.
Para realizar este proceso de verificación, tendrá que:
- Acceder al portal del USCIS para verificación de estatus de caso.
- Deberá tener a mano su número de recibo del caso y el número de recibo de un identificador que posee 13 caracteres que otorga el USCIS.
- Además proporcionar la solicitud o petición para iniciar el caso.
¿Puede un residente permanente hacer ajuste de estatus?
El ajuste de estatus es un proceso para que un inmigrante llegue a ser un residente permanente. Un residente permanente ya no puede realizar un ajuste de estatus porque ya es un residente legal en EE. UU.
¿Cómo cambiar de estatus en Estados Unidos?
Para cambiar de estatus en Estados Unidos, simplemente tendrá que presentar la solicitud de cambio de estatus por correo usando el sistema de presentación electrónica ante el USCIS antes de la fecha de caducidad aparecida en el Formulario I-94.
¿Cuánto tiempo tarda el ajuste de estatus?
El tiempo de espera del ajuste de estatus depende de la categoría de ajuste que solicitó en la oficina del USCIS, este tiempo suele demorar entre 9 a 11 meses aproximadamente.
¿Cuánto cuesta un ajuste de estatus?
Las tarifas para ajustar su estatus pueden variar en función de su edad, estas tarifas son:
- Para menores de 14 años que presentan la solicitud junto al Formulario I-485: Tiene un precio a pagar de $750.
- Para menores de 14 años que no presenten la solicitud junto al Formulario I-485: Deberán cancelar $1,140.
- Personas entre 14 y 78 años: Deberán pagar $1,140 más un adicional de $85 por los servicios de huellas dactilares (Biométricos), quedando en unos $1,225 en total.
- Para mayores de 79 años: Deberán abonar un solo pago de $1,140..
- En caso de ser admitido como un refugiado: No deberá pagar nada, no se le cobrarán trámites.
¿Puedo quedarme en Estados Unidos mientras espero por mi ajuste de estatus?
Usted puede quedarse en los Estados Unidos mientras espera por su ajuste de estatus, además de que puede quedarse incluso si su visa llega a expirar.
¿Me pueden denegar mi ajuste de estatus?
USCIS puede llegar a negarle su solicitud, es decir, podrán rechazar su solicitud para la Green Card. Normalmente el rechazo de la Green Card se realiza cuando se considera inadmisible al solicitante.
De ser así, recuerde que siempre puede apelar a un caso de inmigración.
¿Qué pasa si me niegan el ajuste de estatus?
Si le llegan a negar su ajuste de estado, esto le traerá consecuencias dentro de Estados Unidos como un inicio para su proceso de deportación.
Recuerde que para estos casos, es posible estudiar como solicitar un perdón migratorio a Estados Unidos.
¿Qué sucede después de un cambio de estatus?
Después de hacer un cambio de estatus, a usted se le otorgará una Green Card por correo, después de ello usted podrá realizar lo siguiente en Estados Unidos de manera legal:
- Trabajar.
- Vivir.
- Viajar al extranjero y regresar.
En caso de hacer un cambio de estado por matrimonio y no cuenta con 2 años de casado, recibirá una tarjeta residencial condicional, la cual será válida por 2 años.
Usted tendrá que actualizar esta a una Green Card siempre y cuando cumpla con todo lo requerido.
Experimentados abogados para obtener el ajuste de estatus migratorio
Si usted está buscando unos abogados experimentados para lograr obtener el ajuste de estatus migratorio, el bufete de Curbelo Law le podrá ayudar en este tipo de caso. La abogada Carolina Curbelo estará a disposición para poder brindarle una asesoría legal.
Contando con más de 10 años de experiencia, hará todo lo posible por ayudarle en cualquier caso migratorio que tenga pendiente. Llame hoy para hablar con nuestro bufete de expertos latinos en la ley de inmigración.