Si usted ha sido víctima de ciertos delitos, un abogado de visa U puede revisar si el delito, el daño sufrido, su colaboración con las autoridades y su historial migratorio encajan en los requisitos del estatus U. También puede ayudarle a identificar la agencia certificadora y a preparar la evidencia antes de presentar el Formulario I-918 ante USCIS.
La visa U es un beneficio federal. En New Jersey, sin embargo, la certificación I-918, Suplemento B, puede depender de la policía, fiscalía u otra agencia que intervino en el caso. Presentar una petición no garantiza la aprobación ni detiene automáticamente una deportación.
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Cómo puede ayudarle un abogado de visa U en New Jersey
Antes de presentar una petición, conviene revisar los hechos, la evidencia, el historial migratorio y la agencia que podría certificar el caso. El abogado puede detectar problemas de inadmisibilidad o de prueba y separar lo que decide una agencia certificadora de lo que finalmente decide USCIS.
- Elegibilidad: revisar la actividad delictiva, el abuso físico o mental sustancial, la información que usted posee y su utilidad para las autoridades.
- Certificación: identificar la agencia que puede considerar el I-918B y preparar la solicitud sin asumir que la agencia está obligada a firmarla.
- Evidencia: organizar reportes oficiales, registros médicos o terapéuticos, mensajes, fotografías, declaraciones y una cronología coherente.
- Historial migratorio: revisar entradas, salidas, arrestos, órdenes previas y posibles causales de inadmisibilidad antes de presentar.
- Seguimiento: distinguir entre determinación de buena fe, lista de espera, autorización de empleo, aprobación final y un futuro ajuste de estatus.

La certificación I-918B en New Jersey
La Directiva 2018-6 del Fiscal General de New Jersey exige que las agencias estatales, de condado y locales de orden público tengan procedimientos para procesar solicitudes de certificación T y U dentro de 120 días. Ese plazo no obliga a la agencia a firmar. La Policía Estatal de New Jersey, por ejemplo, explica que no tiene obligación legal de completar la certificación y que solo USCIS puede conceder o negar el estatus U.
El Departamento de Trabajo de New Jersey también puede emitir una certificación cuando la actividad delictiva se relaciona con una ley que ese departamento aplica y ocurrió en un contexto laboral. La agencia certificadora y el procedimiento dependen de los hechos del caso.
Qué es la visa U en Estados Unidos
La visa U es un estatus de no inmigrante para víctimas de determinadas actividades delictivas que han sufrido abuso físico o mental sustancial y que poseen información sobre el delito. También deben haber sido útiles, estar siendo útiles o probablemente ser útiles a las autoridades en la detección, investigación o enjuiciamiento de esa actividad.
Esta visa U fue creada en el año 2000 por el Congreso de los Estados Unidos con el fin de ayudar a las víctimas de un crimen y motivarlas a prestar su ayuda a las agencias oficiales para la investigación del delito sin sentir el miedo de ser deportadas del país.

En EE. UU. las leyes de inmigración se cruzan con las leyes penales con mucha frecuencia, en nuestra sección sobre Crimmigration podrá conocer un poco mejor esta situación.
Tipos de visas U
Entre los tipos de visas U se encuentran:
- U-1: Víctimas de delitos que cumplen con los requisitos.
- U-2: Cónyuges del beneficiario principal U-1,
- U-3: Hijos del beneficiario principal U-1,
- U-4: Padres del beneficiario U-1 cuando el principal tenía menos de 21 años al presentar la petición.
- U-5: Hermanos solteros menores de 18 años del beneficiario U-1 cuando el principal tenía menos de 21 años al presentar la petición.
Beneficios y límites de la visa U
La visa U aporta varios beneficios para los extranjeros elegibles, pero conviene distinguir entre una petición pendiente y el estatus U ya concedido.
- El beneficiario principal con estatus U aprobado está autorizado para trabajar durante la vigencia de ese estatus.
- Solicitar la residencia permanente legal (Tarjeta Verde) después de mantener el estatus U durante el tiempo requerido y cumplir los demás requisitos.
- Algunos miembros de su familia no víctimas del crimen podrían ser elegibles para la visa U.
- El estatus U generalmente se concede por hasta cuatro años, aunque puede extenderse en circunstancias específicas.
- Existe un límite anual de 10,000 estatus U-1 principales; los familiares derivados no cuentan contra ese límite.
Se pueden presentar complicaciones debido a antecedentes penales o violaciones de las leyes de inmigración. Si existe una causal de inadmisibilidad, nuestra guía sobre cómo solicitar un perdón migratorio ofrece contexto general, aunque el Formulario I-192 en un caso U requiere un análisis específico.
Qué se necesita para calificar para la visa U
Para ser elegible para la visa U, usted debe cumplir con estos criterios:
- Ser víctima directa o, en determinadas circunstancias, víctima indirecta de una actividad delictiva calificante.
- Haber sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado del crimen.
- Poseer información relevante sobre el crimen.
- Haber sido útil, estar siendo útil o probablemente ser útil en la detección, investigación o enjuiciamiento del crimen.
- Que la actividad delictiva haya ocurrido en Estados Unidos o haya violado una ley estadounidense aplicable.
- Ser admisible o, cuando la ley lo permita, obtener una exención de la causal de inadmisibilidad correspondiente.
Entre las actividades calificantes se encuentran violencia doméstica, agresión sexual, violación, acecho, secuestro, extorsión, agresión grave, trata de personas, tortura, obstrucción de justicia y manipulación de testigos, entre otras. Ser víctima de uno de estos delitos no basta por sí solo: deben cumplirse los demás requisitos.
Si usted está en proceso de remoción, no dé por hecho que presentar el I-918 lo detiene. Nuestra guía sobre cómo detener el proceso de deportación explica otras vías procesales que pueden ser relevantes según el caso.
Cómo solicitar la visa U ante USCIS
Para solicitar la visa U, usted debe presentar ante USCIS los siguientes documentos:
- Formulario I-918, petición de estatus de no inmigrante U.
- Suplemento B, certificación de estatus de no inmigrante U del Formulario I-918, firmada por un funcionario certificador autorizado.
- Evidencia que demuestre cada uno de los requisitos de elegibilidad.
- Una declaración personal donde se describa la actividad criminal de la cual fue víctima.
- Si existe una causal de inadmisibilidad, el Formulario I-192 cuando corresponda.
El Suplemento B es válido durante seis meses desde la fecha de firma. Si USCIS no recibe el I-918 dentro de ese período, la persona necesita obtener una nueva certificación. La certificación es obligatoria para la petición principal, pero no obliga a USCIS a aprobar el estatus U.
Un abogado de visa U puede revisar si la certificación, la declaración personal y la evidencia cuentan una historia consistente antes de presentar el expediente.

Familiares que pueden solicitar estatus U derivado
Ciertos familiares de los extranjeros con visa U pueden ser elegibles para una visa U derivada. Por ende, si usted es el beneficiario principal de este visado, debe:
- Menor de 21 años al presentar: puede solicitar estatus derivado para su cónyuge, hijos, padres y hermanos solteros menores de 18 años, o
- 21 años o más al presentar: puede solicitar estatus derivado para su cónyuge o hijos.
Una vez que cumpla estos requerimientos, debe tramitar ante USCIS el Suplemento A, petición para familiar calificado de un beneficiario U-1. Esto puede realizarse al mismo tiempo que presenta su solicitud o más adelante.

Ciertos familiares pueden solicitar estatus U derivado, pero quién califica depende de la edad del beneficiario principal y de la relación familiar.
Tarifas de los formularios principales
La tabla de tarifas vigente de USCIS establece una tarifa de $0 para el I-918, los Suplementos A y B y, para peticionarios U incluidos los derivados, el I-192. Antes de presentar cualquier formulario adicional conviene revisar la tabla de tarifas de USCIS, porque las tarifas pueden cambiar.
Cuánto tarda la visa U y qué ocurre mientras espera
No hay un plazo único que permita predecir cuándo se aprobará una visa U. El límite anual y las revisiones previas a la decisión final pueden producir esperas prolongadas. Una petición pendiente no equivale al estatus U ni concede automáticamente autorización de empleo.
Si USCIS determina que una petición es de buena fe y concede un ejercicio favorable de discreción, puede otorgar acción diferida y autorización de empleo. Quienes no reciben un EAD mediante esa revisión continúan hacia la adjudicación de la lista de espera; si la petición es aprobable salvo por el límite anual, USCIS puede colocar al solicitante en esa lista y conceder acción diferida.
Por ejemplo, si USCIS necesita más información, emitirá una solicitud de evidencia RFE. El aviso indicará qué documentación falta y el plazo para responder.
Cómo revisar el estatus del caso
Puede revisar un expediente individual con la herramienta oficial de estatus de caso de USCIS utilizando el número de recibo. La información de esa herramienta refleja el expediente, pero no confirma por anticipado cuándo se tomará una decisión.

El estatus U generalmente se concede por hasta cuatro años, pero se puede solicitar una extensión en circunstancias particulares.
Una vez aprobado el estatus U, la residencia permanente no es automática. Puede solicitarse más adelante si se cumplen los requisitos de presencia física continua, cooperación y los demás criterios del ajuste.
Diferencia entre la visa U y la visa T
La principal diferencia es que la visa U es para víctimas de determinados crímenes, mientras que la visa T se dirige a víctimas de formas graves de trata de personas. Si la trata es el problema central, vea nuestros abogados de visa T y la explicación sobre trata y tráfico de personas.
Cómo solicitar la Green Card después del estatus U
Usted puede realizar el proceso de ajuste de estatus para volverse residente permanente legal si cumple, entre otros, estos requisitos:
- Ha estado físicamente en los Estados Unidos durante un período continuo de al menos 3 años desde su admisión en estatus U, y
- No se ha negado injustificadamente a proporcionar asistencia a las autoridades en la investigación o el enjuiciamiento de la actividad delictiva.
Además, USCIS exige que la presencia continua se mantenga hasta la decisión sobre el ajuste y que la permanencia esté justificada por razones humanitarias, unidad familiar o interés público. Para una explicación general del objetivo de este trámite, puede consultar cómo conseguir la Green Card.
Curbelo Law puede revisar su caso de visa U en New Jersey
Tanto los casos de visas U como los de visas T suelen ser complejos ya que cada circunstancia personal es diferente.
El proceso requiere documentos y pruebas específicas para demostrar cada requisito. Conviene revisar que la certificación, la declaración personal y el resto de la evidencia sean coherentes antes de presentar.
Un abogado de visa U de Curbelo Law puede revisar la elegibilidad, la certificación, la evidencia y posibles cuestiones de inadmisibilidad antes de que usted decida cómo proceder. Ningún abogado puede garantizar que una agencia firme el I-918B o que USCIS apruebe la petición.
Puede enviarnos hoy mismo un mensaje a través del formulario de contacto o llamarnos y nuestras abogadas latinas lo leerán y podrán atenderlo. Esto no le compromete a nada y puede ayudarle mucho.
En Curbelo Law contamos con más de 10 años de experiencia en temas migratorios. Hable con nuestro equipo de profesionales latinos en español o inglés hoy mismo o conozca a nuestros abogados de inmigración en New Jersey.
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