En ciertos casos, conocer cómo detener el proceso de deportación podría ayudar a los inmigrantes a evaluar sus posibles opciones ante este tipo de escenarios.
Recibir una notificación de deportación puede ser alarmante, pero no significa que todo está perdido. Por ello, si se está involucrado en esta situación y se desea evitar la deportación, es posible que nuestro bufete de abogados de inmigración en New Jersey le pueda ayudar. Llámenos de inmediato, pues el tiempo es un factor determinante en estos casos.
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Cómo detener el proceso de deportación de Estados Unidos en 2024 y qué vías tiene para hacerlo
Existen varias maneras de detener el proceso de deportación en los Estados Unidos. Entre ellas, se encuentran las siguientes:
Mediante el ajuste de estatus de no inmigrante a inmigrante
Una de las causas más comunes por las cuales los inmigrantes terminan en la corte de inmigración es por no tener sus documentos al día. Un ejemplo sería un estudiante extranjero que haya olvidado extender su visa de estudiante F-1.
De cualquier manera, dependiendo de ciertos factores y de los diferentes tipos de visas americanas disponibles, es posible que se pueda realizar un ajuste de estatus. Esto permitirá cambiar el estatus de un individuo de no inmigrante a inmigrante.
A través de asilo político o la suspensión de expulsión
Saber cómo solicitar el asilo político en Estados Unidos puede ser determinante, ya que este alivio migratorio podría ayudar a los individuos que:
- Hayan enfrentado, o probablemente enfrentarían una persecución en su país de origen, y
- Deseen conseguir la Green Card. Pues de concederse el asilo, eventualmente los inmigrantes se volverán residentes permanentes, siempre y cuando cumplan los requisitos para ello.
Por otro lado, también tenemos la solicitud de suspensión de expulsión, la cual también es un alivio migratorio, pero mucho más difícil de obtener. A continuación, explicaremos con más detalle estos dos alivios de inmigración:
Cómo Detener el proceso de deportación mediante Asilo político
Los extranjeros pueden llegar a calificar para el asilo si demuestran que han sido víctimas de la persecución o tienen un “temor creíble” de persecución en su país. Esto será en base a su:
- Nacionalidad,
- Opinión política,
- Religión,
- Pertenencia a un grupo social particular, o
- Raza.
Cabe destacar que la ayuda del asilo político es discrecional y solo se puede solicitar dentro del rango de un año a la llegada a los Estados Unidos. De concederse el asilo, el inmigrante podrá tener el derecho a los siguientes beneficios:
- Trabajar legalmente,
- Viajar internacionalmente,
- Subvención que cubre al cónyuge y a sus hijos menores si están presentes en EE. UU, y
- Conseguir la residencia permanente, la cual, eventualmente llevaría al proceso para obtener la ciudadanía americana.
A pesar de todo esto, un inmigrante no es elegible para el asilo si fue condenado por un delito grave. Asimismo; aunque el asilo no expira, sí puede rescindirse. Esto ocurre si:
- El gobierno estadounidense determina que el temor a la persecución ya no está fundamentado debido a un cambio crucial en el país de origen, o
- El inmigrante comete algún delito que lo hace inadmisible a los EE. UU.
Para más información sobre el asilo, le invitamos a leer nuestros artículos relacionados sobre: “Asilo por violencia doméstica en Estados Unidos” y “Qué es el reloj de asilo”.
Cómo Detener el proceso de deportación a través de la Suspensión de expulsión
La suspensión de expulsión es similar al asilo político, pero posee dos ventajas relevantes:
- No tiene la limitación de solicitud de 1 año, y
- El juez de inmigración debe conceder la suspensión de expulsión si el solicitante cumple con los requerimientos.
A pesar de estas ventajas, se requiere de una mayor demostración de peligro que una solicitud de asilo. Además, el extranjero tiene que demostrar una “probabilidad muy clara” de que sufrirá una persecución futura si llega a regresar a su país de origen.
Al igual que ocurre con el asilo, los inmigrantes no serán elegibles para este alivio si han sido condenados por algún delito grave. Adicionalmente, este alivio migratorio no permite que los inmigrantes:
- Se conviertan en residentes permanentes o ciudadanos americanos,
- Soliciten una petición de estatus derivado para los familiares inmediatos, y
- Viajen internacionalmente.
¿Sufrió una condena? Quizás le interese nuestro artículo sobre el alivio posterior a la condena para fines de inmigración.
Mediante la cancelación de la deportación
La cancelación de deportación usualmente se confunde con la suspensión de expulsión. Sin embargo, es otra forma de alivio migratorio contra la deportación y solo está disponible para los inmigrantes que:
- Han vivido legalmente en los Estados Unidos durante una buena cantidad de años, y
- Poseen fuertes vínculos con la sociedad.
Las calificaciones específicas de este alivio dependen de si el extranjero es o no un:
- Cónyuge o hijo maltratado,
- Residente permanente legal, o
- Residente no permanente.
Hacemos hincapié en que los inmigrantes deben demostrar que realmente merecen quedarse en los EE. UU. para calificar a la cancelación de deportación. Al decidir si se cancela la expulsión, el tribunal considerará que los factores positivos superan a los negativos. Ya conociendo esto, detallaremos cada clasificación de la cancelación:
Cancelación para cónyuge e hijos maltratados
Existe una forma especial de cancelación de deportación disponible bajo la Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA). La cancelación por VAWA permite a ciertos individuos de cualquier género, víctimas de la agresión o crueldad extrema, permanecer en EE. UU.
Para calificar ante este alivio migratorio, la víctima tiene que demostrar lo siguiente:
- Tiene un buen carácter moral,
- No es inadmisible a los EE. UU,
- Sufriría dificultades extremas si no se le permite permanecer en los EE. UU.
- El abusador es un ciudadano americano o titular de la Green Card, y
- Ha estado físicamente presente en EE. UU. durante 3 años y de manera continua.
Para más información respecto al alivio de VAWA, consulte con nuestra publicación: “Qué es la visa VAWA”.
Cancelación de deportación para residentes permanentes legales
Para que un titular de la Green Card califique para la cancelación de deportación, debe demostrar que:
- Ha tenido la Tarjeta Verde durante al menos 5 años,
- No tiene cadenas por delitos graves agravados, y
- Ha vivido en EE. UU. continuamente durante 7 años.
De concederse la cancelación de deportación, entonces podrá permanecer en los EE. UU. y seguir siendo un residente permanente.
Cancelación de deportación para residentes no permanentes
Los residentes no permanentes podrán calificar para la cancelación de deportación si el resultado de esta expulsión llevaría a serias dificultades para un familiar cercano que sea:
- Residente permanente, o
- Ciudadano americano.
Por lo tanto, el inmigrante tendrá que demostrar que:
- Ha estado físicamente presente en los Estados Unidos durante 10 años o más,
- No fue condenado por un delito inadmisible,
- La deportación ocasionaría dificultades excepcionales o extremadamente inusuales en un cónyuge, padre o hijo que sea ciudadano americano o tenga la Green Card, y
- Ha sido un individuo con buen carácter moral durante todo el período establecido de 10 años.
Las dificultades económicas no contarán como “dificultades excepcionales o extremadamente inusuales”. Un ejemplo sería el mudarse a un país que no cuenta con la disponibilidad de atención médica para tratar una enfermedad grave.
De concederse la cancelación de deportación, los inmigrantes podrán realizar el ajuste de estatus y obtendrán la Green Card.
A través de la Protección CAT para extranjeros que sufren la tortura
Lo extranjeros que sufran situaciones de tortura en su país de origen, pueden tener el derecho a un alivio migratorio en virtud a la Convención de las Naciones Unidas Contra la Tortura (CAT).
En virtud a CAT, el gobierno estadounidense no puede devolver al inmigrante a un país donde es más probable que llegue a sufrir una tortura mediante:
- El gobierno de ese país, o
- Un grupo que el gobierno no puede controlar.
Destacamos que la protección de CAT ofrece menos beneficios que el asilo político. Por si fuera poco, no impide que el gobierno de los EE. UU. expulse al inmigrante a un tercer país que sea “seguro” si alguno de este está dispuesto a aceptarlo.
Con frecuencia, es buena idea solicitar el asilo, la suspensión de expulsión y la protección CAT al mismo tiempo.
Mediante ajuste de estatus con exención 212(h)
Los titulares de la Green Card que estén en un proceso de deportación por ciertos tipos de condenas, pueden conseguir un perdón migratorio discrecional y ajustar el estatus. Este tipo de perdón es establecido en la sección 212(h) de la ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).
Los delitos que se pueden perdonar bajo el perdón 212(h), incluyen:
- Posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana,
- Prostitución y delitos relacionados con este tema,
- Delitos que involucren la vileza mortal, también conocido como CIMT,
- Condenas múltiples por 2 o más delitos,
- Actividad delictiva grave en la que se informa inmunidad procesal.
No es posible perdonar los delitos graves agravados y delitos que impliquen asesinato o tortura. Además, para ser elegible a este alivio, el extranjero:
- Debe haber residido de manera continua en EE. UU. durante 7 años.
- No haber sido condenado por asesinato o actos delictivos que impliquen la tortura o conspiración, y
- No haber sido condenado por un delito grave.
Por si fuera poco, el inmigrante debe pertenecer a alguna de las siguientes 3 categorías:
- Llevar 15 años rehabilitado,
- Haber sido víctima de violencia doméstica por parte de algún ciudadano americano o residente permanente, o
- Poseer algún pariente cercano ciudadano americano o titular de la Green Card que sufriría dificultades extremas si el extranjero fuese deportado.
Para conocer más acerca de cómo solicitar un perdón migratorio a Estados Unidos, consulte nuestro artículo relacionado a este tema.
Perdón migratorio 212(h) después de los 15 años de rehabilitación
Para conseguir un perdón 212(h) de 15 años, un inmigrante tendrá que demostrar lo siguiente:
- Ha sido rehabilitado,
- Las actividades por las cuales fue inadmisible, ocurriendo hace más de 15 años, y
- Permitir su estadía en el país no sería contrario al bienestar nacional o la seguridad de los EE. UU.
Perdón 212(h) basado en dificultades extremas
Este tipo de perdón puede ser otorgado a un inmigrante cuando la expulsión resultaría en dificultades extremas para su cónyuge, padres o hijos ciudadanos o residentes americanos. Entre los factores que el juez de inmigración podría considerar, incluyen:
- La disponibilidad de atención médica adecuada para los familiares en el país donde se traslada al inmigrante,
- El impacto financiero de la salida del inmigrante de los EE. UU,
- Las condiciones en el país de origen del inmigrante, y
- Los vínculos familiares que tiene el extranjero tanto dentro como fuera de los EE. UU.
Perdón de un cónyuge o niño maltratado
Se le puede otorgar un perdón 212(h) a un inmigrante que haya sufrido algún tipo de abuso por parte de un ciudadano estadounidense o titular de la Green Card. Sin embargo, el abusador debe ser un:
- Cónyuge,
- Hijo, o
- Padre.
Para calificar ante este perdón, el inmigrante debe tener un buen carácter moral y haber residido junto al abusador. Aunque este perdón es un alivio migratorio para las víctimas del abuso, lo más aconsejable es hablar con alguna de nuestras abogadas de inmigración.
Nuestra abogada Carolina T. Curbelo cuenta con más de 10 años de experiencia en casos que involucran la visa T, VAWA y la cancelación de deportación.
Al no ser deportable según los cargos
El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), tiene que demostrar que un inmigrante está sujeto a la deportación de manera:
- Obligatoria, o
- Discrecional.
Por ello, las razones por las cuales un inmigrante podría no ser deportado de los Estados Unidos, incluyen; pero no se limitan a:
- DHS no aplicó correctamente los precedentes legales,
- El historial penal del inmigrante presenta incertidumbre en cuanto a si el crimen se ajusta a la categoría de delito deportable o delito inadmisible, o
- El inmigrante es un ciudadano americano.
De hecho, aunque el extranjero sea deportado, es posible que este tenga disponible algún tipo de alivio obligatorio o discrecional para su expulsión.
Cuando no se presenta correctamente un aviso de comparecencia
Si se encuentra un error en el aviso de comparecencia ante el Tribunal de Inmigración, esto puede servir como una posible defensa en un caso de deportación. Estos errores pueden abarcar:
- El aviso fue enviado a una dirección equivocada, o
- El aviso fue enviado únicamente al abogado del inmigrante y no al inmigrante como tal.
Exhortamos a todos los interesados a leer nuestro artículo: “Cómo saber si tengo una orden de deportación en EE. UU.” Pues esto les ayudará a comprender qué hacer ante tal situación.
Por el Programa NACARA
La Ley de Ajuste de Nicaragua y Ayuda a Centroamérica, o Programa NACARA, es una ley que permitía a los beneficiarios suspender sus procedimientos de deportación. Dichos beneficiarios debían ser asilados en EE. UU. de países como:
- El Salvador,
- Guatemala,
- Cuba, y
- Los países del antiguo bloque soviético.
Esta ayuda se aplicaba generalmente a los refugiados que hayan calificado en los siguientes requisitos:
- Entrar a los Estados Unidos antes de 1991,
- Solicitar el asilo político de manera oportuna, y
- De ser salvadoreño o guatemalteco, debió registrarse para recibir beneficios según los términos del acuerdo de demanda colectiva acordado en el Acuerdo ABC.
Usualmente, los inmigrantes con condenas por delitos graves no suelen calificar para el alivio bajo NACARA 203. No obstante, los individuos que han experimentado maltrato o crueldad extrema todavía podrían cumplir los requisitos de este alivio migratorio.
El juez de inmigración podría conceder el alivio de NACARA si el inmigrante cumple con los siguientes requisitos:
- Presencia física continua en los EE. UU,
- Merece el beneficio,
- Posee un buen carácter moral,
- No cuenta con ninguna condena por delito grave agravado,
- Su deportación resultaría en dificultades extremas para su persona, su cónyuge, sus hijos o padres que sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.
Mediante las visas T y visas U para víctimas del abuso
Las visas T y visas U solo están disponibles para las víctimas de la trata y tráfico de personas o los delitos graves, como la violencia doméstica y la agresión sexual. No obstante, usualmente las víctimas tienen que cooperar con las autoridades para investigar y procesar tales delitos.
Las visas T estarán a disposición para los inmigrantes que enfrentan la deportación, si:
- Se encuentran en los EE. UU. como resultado de la trata de personas, y
- Su deportación de los EE. UU. implicaría serias dificultades extremas y daños inusuales o extremos.
Por otro lado, los inmigrantes que ya estén en los Estados Unidos cuando fueron víctimas de un delito grave, pueden solicitar la visa U. Los solicitantes de este visado deben demostrar que han sufrido abuso físico o mental sustancial proveniente del delito.
Normalmente, los beneficiarios de estas visas podrán permanecer y trabajar en los EE. UU. por 4 años. En caso de cumplir con ciertas condiciones adicionales, es posible solicitar una Green Card. Sin embargo, estos visados son de “No-Inmigrante”, lo que no garantiza la residencia permanente.
Detener el proceso de deportación Bajo algunos proyectos de ley de inmigración privados
Cualquier miembro del congreso de los EE. UU. puede presentar proyectos de leyes migratorias privadas para evitar la deportación de un inmigrante o grupos de ellos. Por lo general, suele ser el último recurso para los inmigrantes que ya han agotado los demás recursos disponibles.
Estos proyectos de ley se aprueban solo cuando hay dificultades extremas para los inmigrantes o sus familiares inmediatos. A pesar de ello, los inmigrantes con antecedentes penales no podrán calificar para tales proyectos.
Al utilizar el recurso de la salida voluntaria
La salida voluntaria permite evitar que un inmigrante tenga antecedentes de deportación. Por ejemplo, las grandes dificultades para regresar legalmente a los EE. UU. y el enfrentar varias penas severas por su reingreso ilegal, como 20 años en prisión.
Además, un extranjero que sale voluntariamente de EE. UU, tendrá más tiempo de arreglar sus asuntos, en comparación a la deportación.
A través del perdón migratorio 601A
Los individuos que se encuentren de manera ilegal en los EE. UU, pueden luchar contra la deportación a través de un perdón migratorio 601A. Para calificar ante este perdón, los inmigrantes deben demostrar que:
- El inmigrante está casado con un residente permanente legal o un ciudadano americano,
- La única infracción del inmigrante es la presencia ilegal, y
- La deportación llevaría a dificultades para el cónyuge o los hijos de este.
Si el juez de inmigración concede este perdón, el inmigrante podrá salir de los EE. UU. y tener una entrevista para la visa de inmigrante en un consulado o embajada americana.
Por el perdón 212(c)
Los residentes permanentes que se hayan declarado culpables o fueron condenados por algún delito antes del 1 de abril de 1997, podrán ser elegibles para recibir un alivio discrecional. Esto será bajo la antigua sección 212(c) de INA.
Los requerimientos necesarios para este perdón incluyen:
- De ser declarado culpable después del 24 de abril de 1996, el inmigrante tendrá que demostrar que no fue condenado por ningún delito grave o de drogas,
- El inmigrante no se encuentra en los EE. UU. ilegalmente debido a un delito migratorio anterior,
- El inmigrante debe haberse declarado culpable antes del 1 de abril de 1997,
- Si el inmigrante estuvo brevemente fuera de los EE. UU, tendrá que regresar a una residencia legal de al menos 7 años consecutivos,
- El extranjero no debe haber sido condenado por un delito con armas de fuego que afecte la inmigración o un delito grave agravado con una sentencia total de 5 años o más,
- No estar sujeto a la deportación por actos de terrorismo o que preocupen la Seguridad Nacional de los EE. UU.
De concederse el perdón 212(c), el inmigrante volverá a conseguir su Green Card y se le devolverán sus documentos. Por ejemplo, su pasaporte.
Por medio de la Acción Diferida DACA / “Dreamer”
La Acción Diferida para los llegados en la infancia (DACA) es un programa discrecional que le permite a los inmigrantes que fueron traídos a EE. UU. cuando eran niños, solicitar:
- Una autorización de trabajo, y
- Dos años de protección contra la deportación.
Para ser elegible, los extranjeros deben cumplir con los requisitos para DACA por primera vez, los cuales incluyen:
- Haber estado de manera continua en EE. UU. desde el 15 de junio de 2010,
- Estar físicamente presente en los EE. UU. desde el 15 de junio de 2012,
- Haber entrado a los EE. UU. antes de cumplir los 16 años,
- No haber sido condenado por algún delito grave ni estar involucrado en uno,
- Estar inscrito en la escuela, haberse graduado o haber conseguido un GED u otro certificado equivalente en una escuela secundaria. También es posible calificar si se es un veterado dado de baja honorablemente por las Fuerzas Armadas de EE. UU, o la Guardia Costera.
Este programa no le ofrece a los inmigrantes la Green Card ni un camino para la ciudadanía, pero sí permite evitar temporalmente la deportación. Esto le brinda al inmigrante permanecer en Estados Unidos durante un tiempo determinado.
Mediante una moción para reconsiderar o reabrir
Es posible que los inmigrantes puedan solicitar una moción para reconsiderar o reabrir la decisión de un juez de inmigración o la propia BIA. Sin embargo, generalmente, solo se puede presentar una moción de reconsideración y una moción de reapertura.
- Las mociones para reabrir suelen introducir evidencia o hechos nuevos y adicionales que no estuvieron disponibles durante la audiencia original. Estas mociones tienen que presentarse dentro de los 90 días posteriores a la orden de deportación.
- Por otro lado, las mociones de reconsideración suelen reexaminar la decisión, usualmente por errores de los hechos ocurridos. Esta se debe presentar dentro de los 30 días posteriores a la orden de expulsión.
Para más información sobre este tema, consulte nuestro artículo sobre cómo reabrir un caso de inmigración.
Bajo una discreción procesal
Los fiscales del gobierno estadounidense cuentan con una amplia discreción procesal para desestimar ciertos casos que involucran la deportación. Sin embargo, los beneficios que se otorgan en estos casos pueden ser limitados.
Por si fuera poco, no existen reglas o normativas estrictas sobre cuándo los fiscales podrán ejercer su discreción.
Mediante una apelación administrativa
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) escucha apelaciones de las decisiones tomadas por el DHS y los jueces de inmigración.
El inmigrante y el DHS pueden apelar la decisión de un juez de inmigración, pero BIA debe recibir la apelación dentro de los 30 días posteriores a la decisión. Además, BIA puede desestimar o admitir la apelación. Por lo tanto, BIA:
- Podría devolver el caso al juez de inmigración, o
- Remitirlo al fiscal general.
De cualquier manera, la decisión de BIA podría anular la decisión del juez de inmigración y/o del DHS.
¿Cuándo puedo regresar a los Estados Unidos después de ser deportado?
El rango de tiempo puede variar de 5 años a 10 e incluso no tener la opción de regresar nunca a EE. UU. Además, si se intenta regresar de forma ilegal después de ser deportado corre el riesgo de sufrir un castigo de 20 años por ingreso ilegal e incluso la prohibición permanente para entrar de nuevo.
¿Si tengo una orden de deportación, seguiré siendo elegible para algún alivio migratorio?
La ley le permite a los inmigrantes la oportunidad de que su orden de deportación sea revisada y en algunos casos, anulada.
De tener una petición de visa aprobada, entonces puede presentar un Formulario I-212, solicitud de permiso para volver a solicitar ingreso a los EE. UU. después de ser deportado.
¿Si estoy en un proceso de deportación, puedo renovar mi permiso de trabajo?
En algunos escenarios, es posible renovar un permiso de trabajo en los EE. UU. aún si se está en un proceso de deportación. No obstante, para poder hacer esto, el inmigrante debe:
- Tener un parole o un permiso de ingreso con el propósito de solicitar asilo político,
- Contar con una solicitud de asilo pendiente, para la cual se le emitió previamente un permiso de empleo,
- Tener una petición de residente por medio del empleo, o
- Ser elegible para el Estatus de Protección Temporal (TPS).
Para conocer más acerca de qué es el TPS en USA, le invitamos a leer nuestro artículo respectivo.
¿Puedo obtener un estatus legal en los Estados Unidos si tengo un hijo ciudadano estadounidense?
Es posible detener una posible deportación por presencia ilegal al obtener un estatus legal. Para ello, se puede hacerlo bajo las siguientes circunstancias:
- Si un hijo o hija tiene más de 21 años y tiene la capacidad para sustentar al inmigrante, entonces este puede presentar una petición de familiares a Estados Unidos, o
- Si se ha estado en los EE. UU. durante 10 años y se puede demostrar que el hijo sufriría dificultades excepcionales o extremadamente inusuales si lo deportan a su país de origen. De ser así, es muy probable que le aprueben la cancelación de deportación.
Nuestro artículo de inmigración familiar quizás le ayude: “Si soy ciudadana americana, puedo pedir a mis padres”.
¿Cómo le pueden ayudar nuestras abogadas a detener el proceso de deportación en Estados Unidos?
Como hemos visto en este artículo, si se le emitió una orden de deportación a un inmigrante, este todavía puede tener opciones disponibles. Si bien, puede que no sea fácil detener este proceso, un buen abogado con experiencia podrá ayudarlo.
En Curbelo Law, contamos con dos de las más experimentadas abogadas en estas situaciones migratorias, donde le podrán brindar la mejor oportunidad posible para el éxito.
Si tiene una orden de expulsión y desea saber cómo detener el proceso de deportación, no dude en contactarnos inmediatamente. Esto se debe a que el tiempo es crucial para conseguir un resultado favorable.