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La visa E-1 para Estados Unidos permite que los extranjeros de un país del tratado comercial sean admitidos a EE. UU. únicamente para participar en el comercio internacional de manera sustancial a nombre propio.

Los comerciantes individuales o empresas que califiquen para este visado, pueden viajar e ingresar a EE. UU. y continuar con sus operaciones comerciales. El comercio puede ser en cualquier tipo de industria, ya sea transporte, comunicación, administración, publicidad, banca u otra. 

Nuestros abogados de inmigración de New Jersey son expertos en todo tipo de visas de negocios. Nuestra firma cuenta con más de 10 años de experiencia ayudando a extranjeros a tramitar cualquier tipo de visa americana, ya sea de inmigrante o de no inmigrante. Comuníquese hoy mismo con nosotros por teléfono, vía E-mail o reservando una cita en nuestras oficinas en Ridgewood o Newark, New Jersey.

Obtener la visa E-1 de Estados Unidos en 2024 para comerciantes por tratado comercial 

La visa E-1 para Estados Unidos se puede obtener de dos maneras:

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1. Solicitud dentro de EE. UU.

Si el comerciante del tratado se encuentra dentro de EE. UU. con un estatus legal de no inmigrante, puede presentar ante USCIS el Formulario I-129, petición de trabajador no inmigrante para solicitar un cambio de estatus a la categoría E-1.

Un empleador estadounidense calificado también puede presentar el I-129 a nombre del beneficiario, siempre y cuando este último se encuentre dentro de EE. UU. bajo un estatus legal de no inmigrante.

2. Solicitud fuera de EE. UU.

Si el comerciante del tratado se encuentra fuera de EE. UU. no le será posible solicitar la visa E-1 a través del I-129. Para solicitarla, necesitará seguir los siguientes pasos:

  1. Completar el Formulario DS-160 en línea.
  2. Pagar la tarifa de solicitud de la visa.
  3. Programar la entrevista con la embajada o consulado estadounidense.
  4. Reunir todos los documentos necesarios para la entrevista.
  5. Asistir a la entrevista programada.

Una vez emitida la visa E-1, el extranjero puede solicitar su admisión en un puerto de entrada de EE. UU.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la visa E-1 para Estados Unidos?

Para que un comerciante por tratado sea elegible para solicitar la visa E-1, debe demostrar que:

  • Es un ciudadano de un país que tiene un convenio o tratado de comercio y navegación con los Estados Unidos, o mantiene un acuerdo internacional calificado, o fue considerado como un país calificado por legislación.
  • El comercio que realiza es de naturaleza sustancial.
  • Realiza el comercio principal entre EE. UU. y el país del tratado que calificó al comerciante para la visa E-1.

Requisitos para empleados del comerciante por tratado

  • Tener la misma nacionalidad que el empleador extranjero principal (la nacionalidad debe ser del país del tratado).
  • Cumpla con la definición de “empleado” según la ley.
  • Participa en funciones ejecutivas o de supervisión. Si está empleado en una capacidad menor, debe tener cualidades únicas que se adapten a los servicios que prestan los empleados para el buen funcionamiento de la empresa comercial con tratado.

Si el principal empleador extranjero es una organización o empresa, el 50% de la sociedad debe pertenecer a individuos que estén dentro de EE. UU. y posean nacionalidad del país del tratado. Estos propietarios deben mantener alguno de los siguientes dos requisitos:

  1. El estatus de comerciante de tratado de no inmigrante.
  2. Ser admitidos en EE. UU. clasificados como comerciantes de tratado no inmigrante (en caso de que los propietarios no estén dentro de EE. UU.)

Las responsabilidades ejecutivas o de supervisión le otorgan al empleado el control y la responsabilidad total del funcionamiento general de la empresa o un componente principal de esta.

Las calificaciones especiales son habilidades que hacen que los servicios del empleado sean importantes para el funcionamiento eficiente de la empresa del tratado comercial. Para cumplir con este requisito, se debe tener en cuenta:

  • El salario que las calificaciones especiales pueden conseguir.
  • Si las habilidades y calificaciones están disponibles en EE. UU.
  • El grado de experiencia demostrada del empleado en el área operacional.
  • Si existen otros que posean las habilidades específicas del empleado.

Documentos requeridos para solicitar la visa E-1 para Estados Unidos

El beneficiario extranjero de la visa E-1 debe tener los siguientes documentos:

  • Cualquier documento que demuestre la nacionalidad de la empresa a la que trabaja y que pertenece a uno de los países del tratado de comercio.
  • Una fotografía que cumpla con los requisitos de fotos.
  • Página de confirmación del formulario DS-160 impresa.
  • Carta de confirmación de la entrevista. 
  • Evidencia de que posee intenciones de regresar a su país de origen, ya sea título de propiedad, arrendamiento u otros documentos.
  • Carta o documento que evidencien que usted o la empresa para la cual trabaja, poseen un comercio sustancial con EE. UU.
  • Recibo de tarifas pagadas.
  • Pasaporte válido con al menos 6 meses de vigencia.
  • Carta del empleador donde se describa su puesto y cómo usted en calidad de empleado es esencial para el comercio internacional.
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Países del tratado comercial elegibles para la visa E-1

Los ciudadanos extranjeros de los siguientes países podrán ser elegibles para solicitar la visa E-1:

  • Argentina.
  • Australia.
  • Austria.
  • Bélgica.
  • Bolivia.
  • Bosnia y Herzegovina.
  • Brunéi.
  • Canadá.
  • Chile.
  • China (Taiwan). 
  • Colombia.
  • Costa Rica.
  • Croacia.
  • Dinamarca. 
  • Estonia.
  • Etiopía.
  • Finlandia.
  • Francia.
  • Alemania.
  • Grecia.
  • Honduras.
  • Irlanda.
  • Israel.
  • Italia.
  • Japón.
  • Jordania. 
  • Corea del Sur.
  • Kosovo.
  • Letonia.
  • Liberia.
  • Luxemburgo.
  • Macedonia del norte.
  • México.
  • Montenegro.
  • Países Bajos.
  • Nueva Zelanda.
  • Noruega.
  • Omán.
  • Pakistán.
  • Paraguay.
  • Filipinas.
  • Polonia.
  • Serbia.
  • Singapur.
  • Eslovenia.
  • España.
  • Surinam.
  • Suecia.
  • Suiza.
  • Tailandia.
  • Togo.
  • Turquía.
  • Reino Unido. 
  • Yugoslavia.

Para más información, visite la página sobre los países del tratado comercial (en inglés) del Departamento de Estado de EE. UU.

¿Qué se considera comercio y comercio sustancial?

  • Comercio: Es el intercambio internacional de artículos entre los EE. UU. y el país del tratado. Los artículos incluyen bienes servicios, seguros, turismo, transporte, banca internacional, tecnología y transferencia y actividades de recopilación de noticias.
  • Comercio sustancial: Es la cantidad suficiente de comercio que asegura el flujo continuo de los artículos del comercio internacional entre EE. UU. y el país del tratado comercial. 
  • Flujo continuo de artículos: Son las transacciones a lo largo del tiempo y no existe un requisito mínimo del volumen y el valor de cada transacción. 
  • Comercio principal: Cuando más de la mitad del volumen del comercio internacional realizado por el comerciante por tratado es entre EE. UU. y el país con tratado del comerciante.

¿Cuánto tiempo puedo estar en los Estados Unidos con la visa E-1?

Los comerciantes y empleados del tratado que califican para la visa E-1, tendrán una estancia inicial permitida máxima de 2 años. Las extensiones de estadía o cambio de estatus pueden otorgarse en incrementos de hasta 2 años como máximo cada una.

No hay límite en las extensiones otorgadas. Sin embargo, todos los inmigrantes bajo este visado deben mantener la intención de salir de EE. UU. una vez que finalice su estatus. 

Por norma general, cuando un no inmigrante E-1 viaja al exterior se le otorgará un período automático de readmisión de 2 años una vez que regrese a EE. UU. Siempre y cuando el oficial de CBP determine su admisibilidad. 

¿Cuánto tarda en procesarse la visa E-1 para Estados Unidos?

El tiempo de procesamiento de la visa E-1 suele ser de 2 a 4 semanas. Sin embargo, este tiempo puede demorar si la embajada o consulado estadounidense cuenta con una gran cantidad de solicitudes.

Una vez finalizado el periodo de procesamiento de este visado, se le notificará si la visa fue aprobada o denegada.

Para agilizar el tiempo de procesamiento, se puede presentar ante USCIS el Formulario I-907, solicitud de procesamiento prioritario.

Términos y condiciones de la visa E-1 para Estados Unidos

Un empleado del tratado o comerciante sólamente puede trabajar en la actividad para la cual fue aceptado al momento que se le otorgó la visa E-1. No obstante, es posible que también pueda trabajar para la compañía matriz de la empresa del tratado o para alguna subsidiaria, siempre y cuando:

  • No han cambiado los términos y condiciones del empleo.
  • El empleo subsidiario requiere habilidades de supervisión, esenciales o ejecutivas.
  • Se compruebe una relación entre las empresas.

USCIS debe autorizar cualquier cambio sustancial en los términos y condiciones del titular de la visa E-1. Tales como:

  • Una adquisición o fusión.
  • La venta de la división en la que está empleado el extranjero.
  • Otro evento importante que afecte al comerciante del tratado o una sociedad comercial del tratado previamente aprobada.

Si ocurre un cambio sustancial, el comerciante o la empresa del tratado desea continuar empleando al extranjero bajo la visa E-1 o busquen asesoría de USCIS para cambios sustanciales, deben presentar una nueva petición I-129. Los cambios no sustanciales no requieren ser informados a USCIS.

La empresa del tratado también puede solicitar una extensión de la estadía simultáneamente. Para ello, debe incluir una evidencia que el empleado sigue calificando para la visa E-1. Si el empleador ya no contratará al empleado, debe informar inmediatamente a USCIS al finalizar el empleo. 

Las huelgas u otras disputas laborales pueden afectar la obtención de la visa E-1.

Familiares de empleados y comerciantes de tratados para la visa E-1 

Los comerciantes y empleados del tratado podrán ser acompañados por sus cónyuges y/o hijos solteros menores de 21 años de edad bajo la categoría E-1. Además:

  • Las nacionalidades de los familiares no necesariamente tienen que ser las mismas que la del titular de la visa E-1.
  • De aprobarse la autorización para los cónyuges e hijos, el periodo de estadía será el mismo que el del titular del visado E-1. 
  • Si los familiares se encuentran en EE. UU. y desean obtener un cambio de estatus o extensión de estadía, pueden presentar el Formulario I-539, solicitud de extensión o cambio de estatus de no inmigrante.
  • Los dependientes están autorizados a un empleo a base de su estatus, por lo que no es necesario que soliciten el Formulario I-765, solicitud de autorización de empleo.
    • En caso de solicitarlo, los dependientes pueden presentar el documento de autorización de empleo (EAD) a los empleadores como evidencia de identidad y que están autorizados a trabajar. 

Consideraciones de empleo a dependientes

DHS toma ciertas medidas para modificar los Formularios I-94, registro de entrada/salida que evidencien el estatus E-1 en los dependientes. De esta manera, se puede distinguir a los cónyuges de los hijos en la parte frontal del documento. 

Después de que DHS realice los cambios, el formulario I-94 actualizado incluye una declaración que indica que el titular es un cónyuge dependiente E y se aceptará como prueba de autorización de empleo según la lista C del Formulario I-9.

Ciertos cónyuges dependientes E-1 califican para una extensión automática del EAD si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Presentar el formulario I-765 para renovar su EAD basado en el mismo estatus de no inmigrante E-1.
  • Tener un formulario I-94 vigente que indique el estatus de no inmigrante E-1.
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La extensión automática de un EAD continuará hasta que suceda primero lo siguiente:

  • La fecha en que se aprueba o deniega la solicitud de renovación del EAD.
  • Han pasado 180 días desde la fecha que se muestra en el “Card Expires” al frente del EAD.
  • La fecha de vencimiento del formulario I-94 del cónyuge que muestre el estatus válido E-1.

Los cónyuges elegibles podrán presentarle a los empleadores los siguientes documentos como evidencia de la extensión automática de EAD:

  • Formulario I-94 que muestre el estatus no inmigrante E-1 vigente.
  • Formulario I-797C sobre la solicitud de renovación del EAD donde se indique como “clase seleccionada” (a)(17).
  • El EAD expirado bajo la categoría A17.

El período de readmisión de los titulares E-1 no aplicará a los dependientes y deben solicitar una extensión de estadía antes de que expire su propio período de validez.

¿Cuál es el costo de la visa E-1 para Estados Unidos?

La tarifa de presentación del formulario I-129 es de $460. Por otro lado, el formulario DS-160 para la solicitud de la visa E-1 tiene un precio de $160. Además, de presentar el formulario I-907, el costo será de $2,500.

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